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Seguro obligatorio de Responsabilidad Civil Vehicular.

Actualizado: 13 oct 2023


 

En México cerca del 70% de los autos no cuentan con un seguro, cifra alarmante si se toma en cuenta que las lesiones, discapacidad y muerte a causa de un accidente de tránsito cuentan más de 120 mil millones de pesos al año. Pero un accidente automovilístico no solo impacta en la economía del país, sino también a tu bolsillo. Estimaciones de la Asociación Mexicana de Seguros (AMIS) indican que una indemnización por muerte puede oscilar entre los $300,00 hasta los $3,00,000; por lo que en un seguro puede ser tu respaldo para afrontar un gasto inesperado, como un accidente vehicular.

Debido al bajo nivel de aseguramiento en el país y al impacto económico que tienen los accidentes, a partir del pasado 23 de septiembre todos los automovilistas que cuenten con un vehículo automotor modelo 2011 en adelante y con un valor superior a $186,732 deberán contar obligatoriamente con un seguro de cobertura mínima.

Como resultado de la obligatoriedad de estar asegurado, se lanzó el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil Vehicular, e el cual amparará de forma gradual la Responsabilidad Civil por tránsito de vehículos en territorio nacional en que incurriera el asegurado o cualquier persona que con consentimiento de éste, use o posea el vehículo asegurado; siempre que a consecuencia de dicho uso o posesión cause a terceros daños materiales a sus bienes, lesiones corporales, incapacidades temporales y/o permanentes a la muerte .


¿Qué me cubre?

Este seguro contempla dos coberturas:

Cobertura Suma asegurada

•Daños a personas (lesiones y muerte) • $100,000

•Daños materiales •$50,000

Este seguro será de manera plena de Responsabilidad Civil hasta 2019, cuando se incorpore la cobertura por daños materiales y sea obligatoria para todos los modelos de vehículos.

RECUERDA:

Si eres de aquellos que ya cuenta con un seguro de automóvil, no es necesario que adquieras este seguro, debido a que actualmente ningún seguro en el mercado tiene una cobertura menos a la que ahora es obligatoria. Debido a que este seguro es obligatorio, no podrá cesar en sus efectos ni rescindirse o darse por finalizado con anterioridad a la fecha de terminación de su vigencia. No olvides que este seguro cubre, en principio, para transitar en vías, caminos y puentes federales; pese a ellos podrás convenir con tu aseguradora que te cubra por responsabilidad civil al circular con tu vehículo en otros caminos.

Si el modelo de mi carro es anterior a 2011, ¿Desde cuando debo contar con el Seguro de Responsabilidad Civil?

¿Dónde puedo adquirirlo?

¿Cómo compruebo que tengo este seguro?

Deberás mostrar la póliza del seguro con la que cuentes. Si es una póliza emitida con posterioridad a septiembre del 2014, ésta contendrá la información sobre el seguro obligatorio. En caso de que tu póliza no se haya renovado, podrá ser verificada electrónicamente por la autoridad.

¿Qué vehículos están obligados a contar con el Seguro de Responsabilidad Civil?

Todos los propietarios de vehículos automotrices que transiten en vías, caminos y puentes federales y cuyo vehículo ya entró a la obligatoriedad de acuerdo con la tabla anterior. Las motocicletas están consideradas como vehículo automotor.

¿Y si no adquiero el seguro?

Los usuarios que no cuenten con este seguro podrán hacerse acreedores a multas de entre 20 y 40 días del Salario Mínimo Vigente en el Distrito Federal. Debido a la implementación que se está llevando a cabo, aquellos automovilistas que contraten un seguro dentro de los primeros 45 días naturales, a partir de la infracción y presenten la documentación que acredite lo anterior, podrán evitar el pago de la multa.

No es exclusivo: Las motocicletas y bicicletas con motor están obligadas a contar con este seguro

¿Si soy infraccionado injustamente?

Puedes interponer un recurso de revisión ante la Policía Federal. Después puedes promover el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y de ser el caso, el amparo ante los Juzgados de Distrito. Debes asistir con la factura del vehículo o cualquier otro documento con el que se acredite el modelo y valor de facturación del mismo, así como la infracción para exponer que tu situación no se encontraba en los supuestos de la obligatoriedad.

¿De qué no me cubre el seguro?

Hay algunos eventos que pueden quedar fuera de la cobertura contratada, dependiendo de la aseguradora, a los que comúnmente se les conoce como exclusiones. Checa tu contrato. Algunas de las exclusiones de este seguro son:

• Daños materiales, lesiones corporales y/o la muerte de terceros por un acto intencional del asegurado o conductor del vehículo asegurado, o por negligencia inexcusable o actos intencionales de la víctima.

• Daños materiales en sus bienes, lesiones corporales o la muerte de terceros, derivados de accidentes; cuando el vehículo asegurado participe en carreras o pruebas de seguridad, resistencia o velocidad.

• Los gastos de defensa jurídica, así como el pago de fianzas y/o cauciones con motivo de los procedimientos penales originados por cualquier accidente.

• Lesiones corporales o la muerte de los ocupantes del vehículo asegurado.

Por otra parte, la aseguradora podrá negar el pago de la indemnización o en caso de que ya la hubiera realizado, solicitar al asegurado el reembolso correspondiente. En caso de que el asegurado omitiese o diera falsas declaraciones o si actúa en agravación del riesgo.


SABIAS QUÉ:

• En México mueren más de 17 mil personas cada año por accidentes de tránsito.

• 860 mil mexicanos viven con una discapacidad motora a causa de un siniestro vial.

• 50% de los hospitalizados por choque adquieren una deuda donde el costo puede ser incluso más del 100% de su ingreso mensual.

Si necesitas asesoría y apoyo con tus seguros no dudes en contactarnos, en THB México tenemos expertos que cuentan con una amplia experiencia y te asesoraran para encontrar el seguro que más se adecue a tus necesidades.

 

THB México

Broker de Seguro

Director de Ventas

Alfredo Hernández


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